Las personas interesadas podrán inscribirse en el registro sin importar si realizaron o no la rectificación registral de la identidad y el cambio de nombre de pila e imagen en su Documento Nacional de Identidad.
La inscripción no es requisito previo en ningún caso para el ingreso, así como su inscripción no garantiza el ingreso a un puesto disponible en el sector público nacional.
El cupo laboral en el sector público fue establecido por el presidente Alberto Fernández en el decreto 721/2020 y garantiza que al menos el uno por ciento de la totalidad de cargos y contratos se destinen para personas travestis, transexuales y transgénero.
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