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Barcesat: “La palabra rescate no figura, está la expropiación en nuestra Constitución desde 1853"

El abogado constitucionalista defensor en DD.HH y Profesor consulto en la Facultad de Derecho de la UBA pasó por #HastAcáLlegamos para hablar de leyes y Vicentin y advirtió sobre la solución santafesina “No puede contemplar convivir con el viejo directorio de la empresa porque es el mismo Estado el que lo está querellando por delitos económicos de gravedad”


Barcesat es sinónimo de derecho en la Argentina. Por eso recurrimos a él para hablar de leyes en relación al caso de la expropiación de Vicentin que ha despertado amores y odios en nuestro país: Lo primero que debemos señalar es que la Constitución desde 1853 no sólo protege la inviolabilidad de la propiedad privada, sino que declara posible la expropiación como utilidad pública con Ley del Congreso, y judicialmente validada por”. En ese sentido profundizó: La Constitución protege también la propiedad privada de aquellos que han entregado su fuerza de trabajo al conjunto Vicentin, 13 empresas en igual condición, a los 2.500 productores agropecuarios con promesa de pago incumplida, a los acreedores financieros de banco oficial o privado, en definitiva, la protección de la propiedad privada no sólo tiene en cuenta el derecho del expropiado. Técnicamente la Ley habla de expropiación para utilidad pública o bien común, algo que puede remitirnos a la cláusula de progreso del Congreso Nacional, la cual habla de desarrollo humano sustentable, la protección de riquezas y recursos naturales, y la integración de los conocimientos científicos de la Argentina. ”


Hay otros elementos de nuestra Constitución incorporados en la Reforma Constitucional de 1994 que pueden manotearse para hacer defensa del caso Vicentin y la decisión del poder Ejecutivo Nacional, como la incorporación de la figura de usuarios y consumidores. Por eso para Barcesat: El trato digno, el precio justo y la provisión de información veraz son todos elementos que configuran esos derechos, y no figuran en la conducta de la empresa Vicentin S.A.I.C, que recibió créditos millonarios cuando estaba por afrontar la cesación de pagos, y es investigada por fugar activos millonarios a guaridas fiscales, cosa que investiga el fiscal Carlos Ruiz de la U.I.F hoy en día.”


Barcesat, además, comparó la trifulca judicial del caso Vicentin con el antecedente de Aerolíneas Argentinas en 2008 con la expropiación del Grupo Marsans: Cuando se decretó la expropiación del Grupo Marsans, el Tribunal de Tasaciones dispuso un valor negativo de U$$1.300.000.000, por esa razón el Estado Argentino apenas depositó un dólar cuando se hizo cargo. Luego, dos delincuentes, uno ya fallecido que es Gonzalo Pascual y otro detenido como Días Ferrán, recurren a un tribunal de mercachifles pero no de juristas que es el CIADI -siempre a favor del sector privado- que en reciente sentencia ha condenado a la Argentina a pagar esa misma cifra, que antes era negativa, mil millones de dólares. Esto amparado en el Tratado Bilateral de Inversión Argentina-España, una enorme estupidez institucional firmada en los ‘90s que abre estas posibilidades inauditas.


Finalmente, dejó una advertencia sobre la solución “a la santafesina”: La palabra ‘rescate’ no es constitucional, la semántica de la Constitución es la que nos habla de expropiación. La propuesta superadora de la provincia de Santa Fé es compleja, porque me da gracia pensar que mientras, por un lado, hay una querella institucional contra las autoridades actuales por graves délitos económicos encarada por el Estado, sea ese mismo Estado el que pueda convivir en una reunión de Directorio con Nardelli y otros acusados.


Escuchá la nota completa acá:



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